CIUDADANÍA Y TRANSVERSALIDAD
El tema de la trasversalidad está de actualidad. El concepto mismo, se presenta en el debate político como algo novedoso; un concepto nuevo a incluir en todo proceso de puesta al día de las ideas; un elemento de primera importancia a tener en cuenta en adelante, en todo diagnóstico para la resolución de cualquier conflicto.
Sin embargo cada uno lo entiende y lo explica según sus intereses particulares y muchos desde posiciones de fuerza respaldadas por legalidades diversas lo utilizan para descalificar o delimitar el campo del debate; marcar las líneas “landmarks”, dentro de los cuales dicho debate debe producirse, para no traicionar la idea de trasversalidad.
Parece que está normalmente establecido, tal y como muestran los diferentes estudios sociológicos, que en toda población pueden darse grados diferentes de pertenencia a una u otra comunidad ya sea cultural, nacional, etc. y que este hecho debe ser estrictamente observado como un derecho fundamental del individuo, en base al respeto a los derechos humanos. Hablamos de trasversalidad.
¿Cómo atender entonces la necesidad de defender y promover los derechos nacionales, la lengua, la cultura, etc. de un determinado grupo sin que se vaya en detrimento de los derechos del resto de los grupos de una comunidad?.
¿Cómo defender y promover los derechos nacionales vascos sin herir la sensibilidad, sin excluir y sin atentar contra los derechos de aquellos que se sienten a su vez españoles y vascos o únicamente españoles?.
Aplicando su propio criterio sobre la trasversalidad, los israelíes adoptaron en su momento una solución pragmática, que daba respuesta al problema de la integración de la gente de su comunidad. Todo residente en Israel, independientemente de su cultura, religión, etc. tiene el derecho de ciudadanía israelí, en condiciones de igualdad con el resto de sus conciudadanos.
Pero además todos los judíos del mundo, independientemente de su nacionalidad, americana, francesa, marroquí u otra tienen automáticamente la ciudadanía israelí por derecho de origen en iguales condiciones que cualquier otro ciudadano de Israel y esto independientemente de dónde residan y cual sea su otra nacionalidad. El estado israelí reconoce así la doble nacionalidad de su ciudadanía.
Los vascos podríamos perfectamente reconocer el derecho de aquellos que se sientan también españoles, franceses o americanos a tener la ciudadanía que les corresponda por residencia, afectividad, origen etc. pero aspiramos que todos ellos, si residen en Euskal Herria, tengan también la ciudadanía vasca para poder participar en las decisiones que atañen al interés nacional vasco y que aquellos vascos de la diáspora, americanos, argentinos, mejicanos, etc. y sus hijos puedan también tenerla y poder decidir en todas las cuestiones que afecten a la nación vasca.
La ventaja de esta solución es evidente, sumar efectivos a la construcción nacional vasca sin restar recursos o limitar derechos a las personas que quieran participar igualmente al quehacer de otras comunidades a las que se sientan vinculados, llevando a la práctica la idea de trasversalidad y de colaboración trasversal entre todos los ciudadanos de Euskal Herría.
Ante tales planteamientos la pregunta a formularse es la siguiente: ¿qué órganos comunes entre los diferentes territorios vascos habrían de constituirse para que un tal esquema fuera posible?. ¿Sería ello posible con el mantenimiento de una cierta vinculación de nuestros territorios con los estados español y francés o la única posibilidad de sacar adelante tal propuesta debiera pasar por la desvinculación total de nuestros territorios, de ambos estados?.
J. Hotxelaga
lunes, 8 de octubre de 2007
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